El próximo día 10 de noviembre
de 2019 se van a celebrar Elecciones Generales al Congreso de Diputados
y al Senado.
El
Censo Electoral para
estas Elecciones es el
cerrado el 27 de junio de 2019. Esto quiere
decir que el Colegio Electoral donde le corresponde votar, es el asignado a su
domicilio de esa fecha.
Se podrá solicitar el
voto por correo desde
el 24 de septiembre al 31 de octubre, en cualquier oficina de Correos. Una vez solicitado el voto por correo no se podrá votar presencialmente en ningún caso.
También se podrá solicitar el
voto
braille entre los días 24 de septiembre y 21 de octubre.
Durante los días
30 de septiembre al 07 de octubre se podrá
consultar
el Censo Electoral en el Ayuntamiento en horario de 9 a 15 y realizar en
caso necesario las alegaciones contra su inclusión o exclusión.
También se habilitará el teléfono
gratuito
900.70.55.55 para realizar la consulta por este medio.
Los ciudadanos de la Unión Europea
y de los países con acuerdos de reciprocidad residentes en España NO podrán
votar en estas elecciones.
VOTO POR CORREO
Los electores que prevean que en la fecha de la
votación no se hallarán en la localidad donde les corresponde ejercer su
derecho de voto, o que no puedan personarse, pueden emitir su voto por correo,
previa solicitud a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral,
con los requisitos siguientes:
- Fecha para solicitar el voto por
correo: del 24 de septiembre al 31 de octubre.
- Deberá solicitarse en
cualquier oficina de Correos, PERSONALMENTE, de hecho el
funcionario de correos le pedirá que se identifique y comprobará su identidad.
Llevar identificación original (no se admite la fotocopia).
- En caso de no poder formular la
solicitud personalmente (por enfermedad o incapacidad), deberá acreditarse por certificación
médica oficial y gratuita, y en ese caso podrá autorizarse, notarialmente
y también gratuito, a otra persona a realizar la solicitud. La Junta Electoral
comprobará cada caso y decidirá si es correcto.
- La Oficina del Censo Electoral remitirá por correo
certificado, entre el 21 de octubre y el 03 de noviembre, la documentación necesaria para que
ejerza el voto, y las instrucciones de cómo debe hacerse, a la dirección
indicada por Vd. que no tiene por qué coincidir con su domicilio.
- Cuando el elector tenga
preparado su voto conforme a las instrucciones de la Oficina del Censo
Electoral, lo llevará a Correos antes del 06 de noviembre.
Toda la tramitación es GRATUITA.
Una vez solicitado el voto por correo, YA NO SE PUEDE VOTAR PRESENCIALMENTE.
(Aunque no se haya llevado el voto a Correos).
http://www.infoelectoral.mir.es/web/guest/voto-erta-temporalmente-en-el-extranjero-
http://www.infoelectoral.mir.es/web/guest/voto-cera-residentes-en-el-extranjero-
VOTO BRAILLE
Las personas con
discapacidad visual que conozcan el sistema de lecto-escritura Braille, con una
discapacidad visual reconocida igual o superior al 33% o afiliadas a la ONCE,
pueden inscribirse en el teléfono gratuito 900.150.000 para usar el
procedimiento del voto accesible. El plazo para inscribirse es del 24 de septiembre al 21 de octubre, ambos inclusive.
El
kit/maletín de votación estará disponible en la Mesa Electoral donde le
corresponda votar al solicitante.Más información en la Web
del Ministerio del Interior:
http://www.infoelectoral.mir.es/voto-accesible