INFORMACIÓN SOBRE TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS
De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 287/2002, es obligatorio:
1.- LICENCIA PARA LA TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS:
- Deberán obtenerla las personas que sean propietarias y las que conduzcan o custodien animal cuya residencia habitual sea el municipio de Coslada.
- La tenencia tendrá validez de 5 años.
- Afecta a:
- Razas indicadas en el Anexo I del RD. 287/2002 y de sus cruces.
- Perros que reúnan la mayoría de las características del Anexo II (acreditado por informe veterinario, en el que deberá constar específicamente si debe o no ser incluido en el Registro). Se adjunta modelo orientativo del Certificado veterinario.
- Perros que, aún no estando en los dos anteriores apartados, si se consideren por su carácter marcadamente agresivo o historial de agresiones a personas u otros animales. Informado por veterinario.
- Pit Bull Terrier
- Staffordshire Bull Terrier
- American Staffordshire Terrier
- Rottweiler
- Dogo argentino
- Fila brasileiro
- Tosa Inu.
- Akita Inu.
- Los cruces de otras con o entre cualquiera de estas razas.
- Serán los perros afectados por la presente descripción los que reúnan todas o la mayoría de las características siguientes:
- Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusta configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
- Marcado carácter y gran valor.
- Pelo corto.
- Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 cms, altura a la cruz entre 50 y 70 cms y peso superior a 20 kgs.
- Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombada. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
- Cuello ancho, musculoso y corto.
- Pecho macizo, ancho grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
- Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.